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La Tesorería está embargando a deudores del CAE, qué está pasando y qué puedes hacer
La noticia es real y conviene entenderla bien. La Tesorería empezó a retener cuentas y a embargar bienes de personas con deuda del CAE que no se han puesto al día. Te explicamos qué está pasando, a quién está tocando primero y qué opciones hay si te afecta.
Si tienes deuda del Crédito con Aval del Estado y viste la noticia de los embargos, partamos por lo importante: es real, está pasando ahora, y conviene entender bien de qué se trata antes de asustarse o de confiarse. La Tesorería General de la República empezó este año a cobrar en serio las deudas del CAE, y eso incluye retener plata de cuentas bancarias y embargar bienes de quienes no se han puesto al día. Te explico qué está ocurriendo y qué puedes hacer.
Qué está pasando
A abril de 2026 hay más de 550 mil personas con deuda del CAE sin pagar. Como el crédito tiene aval del Estado, cuando alguien deja de pagar el Fisco le cubre esa plata al banco, y así el Estado terminó con una deuda a su favor que ya supera los 4 billones de pesos. Para recuperar esos recursos, la Tesorería abrió una estrategia de cobro que partió en abril y que en los últimos meses subió de intensidad.
Primero vinieron las notificaciones y la oferta de convenios. Después, para quienes no respondieron, llegaron las retenciones de dinero en cuentas, depósitos y fondos mutuos. Y a principios de junio la Tesorería empezó además a embargar bienes raíces, partiendo por algunas regiones y anunciando que el proceso se extenderá al resto del país. Cuando un embargo de propiedad no se regulariza, el procedimiento puede seguir hasta el remate del inmueble.
A quién está afectando
Acá hay un dato que tranquiliza a la mayoría y que conviene tener claro. La Tesorería no salió a embargar a todos al mismo tiempo. Partió por arriba, por las personas con mayores ingresos que, habiendo sido notificadas, no hicieron nada. La cobranza arrancó con deudores que ganaban sobre 5 millones de pesos mensuales, y la mayor parte de los embargos ejecutados hasta ahora ha recaído en personas con ingresos iguales o superiores a 3,5 millones al mes, según sus propias declaraciones de impuestos. A la fecha hablamos de más de 1.500 personas embargadas.
O sea, si tienes deuda pero tus ingresos son más bajos, no estás en la primera línea de fuego. Eso no significa que la deuda se borre, significa que tienes tiempo y, sobre todo, que para ti están pensadas las facilidades de pago.
Con qué facultad lo hace la Tesorería
Esta es la parte que ha generado más ruido, porque mucha gente se pregunta cómo le pueden sacar plata de la cuenta sin un juicio de por medio. La explicación es que, una vez que el Fisco paga la garantía al banco, se subroga y pasa a ser el acreedor de la deuda. Su ley orgánica le permite hacer cobranza coactiva de los créditos fiscales, y la deuda del CAE se trata como un crédito fiscal ejecutivo, que se cobra con el procedimiento especial del Código Tributario.
En ese procedimiento el tesorero regional o provincial actúa como una especie de juez del propio cobro y tiene la facultad de ordenar la retención de dineros. Las defensas del deudor son acotadas: pagar, alegar prescripción o la llamada excepción de no empecer el título. Justamente porque permite retener plata de cuentas sin pasar por un juicio civil tradicional, la medida tiene una discusión abierta, con denuncias de personas a las que les retuvieron la totalidad de sus fondos y cuestionamientos desde el mundo político. Para el que tiene la deuda, sin embargo, el punto práctico es simple: hoy esta es la herramienta que la Tesorería está usando.
Lo que conviene no hacer: esperar la condonación
Hay un proyecto de ley que pone fin al CAE y crea un nuevo sistema de financiamiento, el FES, e incluye una condonación parcial para quienes se acojan. Suena bien, pero a junio de 2026 ese proyecto todavía está en tramitación en el Senado y no es ley. Mientras se discute, la deuda actual sigue plenamente vigente y la cobranza no se detiene. Apostar a una condonación que aún no existe, y mientras tanto exponerte a que te retengan la cuenta, es de las decisiones más caras que puedes tomar. Cuando haya una ley, será el momento de ver cómo te acoges. Por ahora la realidad es la deuda que ya tienes.
Qué puedes hacer si te afecta
Lo primero es saber exactamente cuánto debes y en qué estado está tu deuda. Eso lo revisas directamente en tgr.cl/cae con tu Clave Única, y ahí mismo puedes simular un convenio. La buena noticia es que las condiciones se flexibilizaron: la cuota mensual de un convenio tiene un tope y no puede superar el 10 por ciento de tu renta, y el pie inicial también quedó acotado. Para rentas bajo el millón, tanto el pie como las cuotas parten desde 1 UTM. Para rentas entre 1 y 2 millones, el pie máximo es de 1 millón. Y sobre 2 millones, el pie tope es de 1,5 millones. Más de 18 mil personas ya regularizaron con estas nuevas condiciones.
Si lo tuyo es un embargo ya aplicado o una retención, ahí conviene asesorarse bien, porque hay trámites específicos para alzar o sustituir un embargo y para presentar excepciones dentro de los plazos. Eso ya entra en terreno legal y vale la pena hacerlo con cabeza, no a la rápida.
Dónde entra TomContable
Seamos claros con esto, porque preferimos la confianza antes que prometer de más. La deuda del CAE la regularizas tú directamente con la Tesorería, y un tema de embargo se ve con un abogado. Lo que sí hacemos en TomContable es ayudarte a mirar tu foto completa: cuánto declaras, cómo se ven tus ingresos ante el SII (que es justo el dato que la Tesorería usó para priorizar), y cómo ordenar tus números para que una cuota de convenio entre en tu presupuesto sin ahogarte. Si eres independiente, socio de una empresa o tienes una pyme y quieres entender cómo te afecta todo esto y qué pasos te convienen, agenda una asesoría o escríbenos por WhatsApp y lo conversamos con calma.
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